Régimen Pro Pyme: conoce sus características

Regimen pro pyme

 

 

El Régimen Pro Pyme es el sistema tributario destinado a pequeños y medianos contribuyentes considerados bajo la categoría de Pyme.

Con este régimen, las pymes pueden optar por una contabilidad completa o simplificada, con una tasa reducida del impuesto de Primera Categoría.

Además tributan propietarios con base en retiros efectivos y con imputación total del crédito del impuesto de Primera Categoría para socios Pyme.

A través del régimen, se busca incentivar a las pequeñas y medianas empresas a que aumenten su inversión.


En WyA te contamos todo lo que debes saber sobre el Régimen Pro Pyme, los requisitos, las obligaciones y sus principales beneficios.


¿Qué es el Régimen Pro Pyme?

El Régimen Pro Pyme es un sistema exclusivo para micro, pequeños y medianos contribuyentes (Pymes), para que puedan desarrollarse y crecer económicamente.

Este sistema determina a dichos contribuyentes el resultado tributario como norma general según ingresos percibidos y gastos pagos.

Las Pymes deben llevar una contabilidad completa, aunque tienen la posibilidad de elegir una contabilidad simplificada.

Se encuentran afectos al Impuesto de Primera Categoría con una tasa del 25% y sus propietarios tributan en base a remesas, retiros o distribuciones efectivas.

Además, tienen imputación total de crédito por Impuesto de Primera Categoría en impuestos finales que los afecten, excepto quienes son propietarios y no están acogidos al régimen.

 

¿A quién está dirigido y cuáles son sus requisitos?

Como se ha mencionado, el Régimen Pro Pyme está dirigido a micro, pequeños y medianos contribuyentes que se encuentran bajo la categoría (Pyme).

Entre los requisitos se encuentran el techo en el promedio de ingresos brutos de tres años, que no puede exceder a las 75 mil UF, aunque puede considerarse una sola vez de superación del límite.

También un ejercicio de ingresos no puede superar las 85 mil UF y al inicio de actividades el capital efectivo no debe exceder tampoco las 85 mil UF.

Cabe destacar que hay un tope de 35% del ingreso de las siguientes rentas: Rentas de N°1 y 2 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (excepto bienes raíces agrícolas), contratos de cuentas en participación y derechos sociales, acciones o cuotas de fondos de inversión.

 

¿Qué tipo de contabilidad se debe llevar?

Los contribuyentes incluídos en el Régimen Pro Pyme se encuentran obligados a llevar una contabilidad completa y tienen una opción de llevar la contabilidad simplificada.

Cabe señalar que el hecho de llevar una contabilidad completa o una simplificada no altera de ninguna forma el Régimen tributario Pro Pyme.

 


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¿A qué tributos están afectadas las empresas?

Las empresas se encuentran afectas al Impuesto de Primera Categoría sobre la base imponible determinada de acuerdo a ingresos percibidos y descontando los gastos pagos.

Los propietarios de esa manera, se afectan con sus impuestos personales según retiros, remesas o distribuciones efectivas, y tienen imputación total del crédito por el Impuestos de Primera Categoría.

Cabe destacar que no se encuentran incluidos los propietarios contribuyentes de dicho impuesto que no estén acogidos al Régimen Pro Pyme.

Respecto a la tasa del Impuesto de Primera Categoría será 10% para las rentas de años comerciales del 2020, 2021 y 2022, y 25% de años siguientes.

Mientras que la tasa de PPM tiene un inicio en el primer año del 0,25% y si los ingresos brutos del giro del año anterior no exceden las 50 mil UF, o 0,5% si los ingresos brutos del giro del año anterior exceden las 50 mil UF.

 

¿Qué otros tipos de regímenes tributarios existen?

Además del Régimen Pro Pyme General, existen otras cuatro opciones para los diferentes contribuyentes:

Régimen Pro Pyme Transparente: destinado a micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes) cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales (personas naturales con o sin residencia en Chile, o jurídicas sin domicilio ni residencia en el país), que determinan sus tributos en base a ingresos percibidos y gastos pagos.

Régimen General Semi Integrado: destinado a grandes empresas que determinan su renta líquida imponible de acuerdo a normas generales de la Ley sobre Impuesto a la Renta y deben llevar una contabilidad completa. Además se afectan con el Impuesto de Primera Categoría con una tasa del 27% y sus propietarios tributan en base a retiros remesas o distribuciones efectivas con imputación parcial del 65% del crédito de dicho impuesto en los tributos finales que les afecten.

Renta presunta: destinado a contribuyentes que desarrollan actividades agrícolas, de minería y transporte, cuando sus ingresos no superan los límites dispuestos por ley para cada actividad. Deben contar con una actividad del rubro agrícola, minería o transporte, y llevar una contabilidad simplificada, abonando impuestos sobre la base de renta presunta.

Contribuyentes no sujetos al artículo 14 de la LIR: se trata de contribuyentes pertenecientes a fundaciones, corporaciones o empresas en las que el Estado tiene propiedad. Deben llevar una contabilidad completa y los propietarios no tienen que estar gravados con impuestos finales como el Impuesto Global Complementario o el Impuesto Adicional.

 

¿Cuáles son los principales beneficios del Régimen Pro Pyme?

Entre los principales beneficios del Régimen Pro Pyme, se encuentran:

  • Determina el capital tributario propio y simplificado.
  • Goza del reconocimiento como gastos de existencias o insumos existentes al finalizar el año.
  • Tiene depreciación instantánea de su activo fijo.
  • No debe mantener registros de rentas empresariales (RRE) mientras no perciba o genere rentas a controlar en el registro REX.
  • No aplicará orden de imputación para retiros, remeses y distribuciones de utilidades a propietarios si no percibe o genera rentas controladas en el registro REX.
  • Usa tasas fijas de PPM.
  • Puede obtener informes tributarios para acceder al sistema bancario de financiamiento.
  • Adquiere rebaja a base imponible del Impuesto de Primera Categoría por incentivo a la inversión.
  • Determina al término del ejercicio la situación tributaria de retiros, remesas y distribuciones.
  • Puede llevar una contabilidad completa o simplificada sin perjudicar la situación tributaria.

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