Principales conceptos sobre la gratificación legal en Chile

La gratificación legal es un pago adicional que se suma al sueldo de los trabajadores de forma anual, según lo establecido en el Código de Trabajo de Chile.
Conoce los principales conceptos de la gratificación legal en Chile, sobre los derechos y obligaciones laborales y los sistemas de pago que existen.
En W&A te contamos todo lo que debes saber sobre los tipos de gratificación y cómo se aplica en el nuevo monto para este 2023.
¿Qué es la gratificación legal?
La gratificación es un tipo de remuneración que corresponde a las utilidades con las que el empleador beneficia al trabajador en su sueldo.
Según el artículo 47 del Código del Trabajo, los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro deben gratificar anualmente a los trabajadores.
En términos simples, la gratificación es una forma que tiene el empleador de reconocer las labores a los trabajadores a través de un beneficio en su remuneración.
En este sentido se habla de gratificación legal, porque la misma se encuentra regulada por el Código del Trabajo, en casos en que no es pactada o que se pague menos.
Por el contrario, la gratificación convencional es aquella que está estipulada en contratos individuales o colectivos, pactando monto, forma de pago y condiciones entre las partes.
No obstante, es importante decir que el monto o modalidad pactada no puede ser inferior al de la gratificación legal, en términos de derechos laborales.
Por su parte, la gratificación convencional puede ser garantizada y se le exige aún cuando la empresa no obtuvo utilidades líquidas, y no garantizada, sujeta a eventualidad.
Por último se habla de gratificación integra, otorgada al trabajador que completó un año de servicios en una empresa, y proporcional, de acuerdo a los meses trabajados.
¿Cómo se calcula?
El pago de la gratificación se realiza de manera proporcional a la utilidad líquida del empleador inferior al 30%.
También puede ser un pago del 25% de lo devengado de la remuneración mensual, con tope de 4,75 de ingresos mínimos mensuales o IMM.
En general, las empresas pagan las gratificaciones legales con el 25% del sueldo bruto del empleado, contemplado en el artículo 50 del Código de Trabajo.
En el artículo también se indica que si el 25% del salario supera el cálculo de 4,75 ingresos mínimos mensuales, se pagará el máximo de 4,75 veces del sueldo mínimo.
¿Quién tiene la obligación de entregar la gratificación legal?
Las empresas y las organizaciones con fines de lucro se encuentran obligadas a pagar las gratificaciones, al menos, una vez al año.
Entre las características que debe tener un empleador para esta obligado a pagarla, se encuentran:
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- Ser empresa, cooperativa o establecimientos mineros, industriales, comerciales o agrícolas.
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- Perseguir fines lucrativos.
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- Haber obtenido utilidades líquidas en su giro.
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- Tener libros de contabilidad de manera obligatoria.
Gratificación legal incluida como pago en las remuneraciones
Según la ley, la gratificación es un beneficio anual y el empleador debe abonar durante el mes de abril de cada año.
Sin embargo, el empleador y el trabajador pueden acordar que la gratificación sea abonada de manera anticipada.
En conformidad con el principio de autonomía de las partes, la gratificación puede abonarse de forma mensual, trimestral o semestral en pago anticipado o pago de anticipos.
En ese caso, el empleador deberá realizar una liquidación en el mes de abril para saber si lo abonado cumple con lo que debe recibir el trabajador.
Es decir, que el empleador deberá actualizar el monto según la variación del IPC del periodo respectivo.
Características de la gratificación legal
La gratificación legal cuenta con dos características que son básicas y fundamentales, a saber:
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- Es un beneficio anual, es decir, que el empleador debe abonar, a más tardar, en el mes de abril de cada año comercial siguiente.
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- Está sujeta a una condición suspensiva, es decir, a la eventualidad de que la empresa llegue a tener utilidades.
Incumplimiento del pago
La Dirección del Trabajo se encarga de fiscalizar a las empresas en el cumplimiento de la gratificación legal.
Si durante los procesos, los inspectores confirman que el empleador no ha abonado las gratificaciones o lo ha hecho en un monto inferior al indicado por la ley, se le impondrán multas.
El inspector informará sobre las multas al empleador, las cuales varían entre 20 y 60 unidades tributarias mensuales o UTM.
Sistemas de pago
Según la ley, existen dos tipos de sistemas de pagos establecidos: el de prorrateo y el de abono del 25%.
Como se mencionó, el de prorrateo es el del 30% de la utilidad líquida, regulado por el artículo 47 del Código del Trabajo.
Mientras que el de abono del 25% es sobre las remuneraciones devengadas por el trabajador, respaldado por el artículo 50 del código mencionado.
El empleador será quien se decida por uno de estos sistemas de pago, pudiendo cambiar año tras año y de trabajador a trabajador.
Sistema de prorrateo
En el sistema de prorrateo regulado por el artículo 47, el empleador deberá pagar como gratificación al menos, el 30% de las utilidades líquidas que obtuvo en el año comercial previo.
En este caso, el monto que le corresponde al trabajador se determina de manera proporcional a lo devengado por cada trabajador en el año o meses trabajados.
Esto significa que para calcular la gratificación legal deberán considerarse todas las contraprestaciones que recibe el trabajador por contrato anual, como sueldo, comisión, bonos, etc.
Sistema de abono del 25%
Con el sistema de abono del 25%, estipulado en el artículo 50, el empleador no tiene obligación de abonar la gratificación según las utilidades de la empresa durante el año comercial.
El pago será el 25% de lo devengado en el mismo periodo comercial, por concepto de remuneraciones.
Es decir, el empleador deberá pagar el 25% de las remuneraciones que haya devengado durante un año.
Por su parte, si el empleador abona según el artículo 50, el tope de gratificación para cada trabajador no podrá exceder el tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales.
Aplicación del nuevo monto al cálculo de las gratificaciones legales
A partir de este año, el ingreso mínimo mensual se elevó a $410.000 estipulado por la Ley 21.456 del 23 de mayo de 2022.
Ese fue el valor establecido por ley, si la variación del IPC del 2022 superaba el 7%, lo cual sucedió.
Sin embargo, para el cómputo del ingreso mínimo no se contempla el beneficio de la gratificación legal.
El nuevo valor de ingreso sirve para calcular el tope anual de gratificaciones (4,75 IMM) si el empleador opta por la forma de pago del artículo 50 y si paga por mes.
Es decir, si el empleador opta por abonar mediante anticipos de 1/12 de 4,75 IMM, el monto ascenderá a $162.292.
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