¿Cuándo se paga la tercera cuota de contribuciones?

¿Cuándo se paga la tercera cuota de contribuciones?

Las contribuciones de bienes raíces son un impuesto importante que se debe abonar en cuatro momentos del año ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Se trata de un trámite que se puede hacer de forma sencilla y rápida, mediante los distintos canales de pago disponibles para tal fin.

En WyA te contamos qué es el pago de contribuciones de bienes raíces, cómo es la cuota, quiénes deben abonar y cuándo se tiene que hacer.

¿En qué consiste el pago de contribuciones?

Las contribuciones son un impuesto esencial y obligatorio que se debe abonar a través de la Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Se trata de un tributo aplicado sobre el avalúo fiscal de propiedades, que determina el SII bajo las normativas de la Ley sobre el Impuesto Territorial.

Durante diferentes meses del año, los dueños de distintas viviendas y propiedades establecidas, deben realizar este trámite.

El impuesto comprende a propiedades urbanas como departamentos, casas, habitaciones, bodegas y estacionamientos, así como a propiedades rurales y agrícolas.

¿Qué es la cuota de contribuciones y quienes deben abonarla?

La cuota de contribuciones tiene una finalidad útil, dado que es incorporada a los fondos municipales para el desarrollo y la implementación de servicios a la comunidad.

Si bien se define como obligatoria para la mayoría de los propietarios, cuenta con exenciones parciales o totales detalladas en la ley.

Para los bienes raíces no agrícolas destinados a habitación, el monto exento de abonar la cuota es de 55.514.644, es decir, que si la propiedad tiene un avalúo igual o menor no deberá pagar.

También se encuentran exentos contribuyentes adultos mayores (ver más adelante Beneficios contributivos para los adultos mayores) y algunos bienes raíces como lo que pertenecen a servicios públicos, propiedades fiscales o destinadas al culto, establecimientos educacionales, etc.

¿Cuál es el valor de la cuota de contribuciones?

Cada contribuyente recibe en su correo electrónico un detalle con el valor del impuesto, teniendo en cuenta el avalúo fiscal correspondiente al bien raíz.

Además, la variación de la tasa depende del tipo de propiedad (si es residencial, comercial, etc.), así como también de cada municipalidad.

Según el reavalúo fiscal de bienes raíces no agrícolas del 2022 (el cual se actualiza cada 4 años), solo un 23% de las viviendas habitacionales deben abonar este impuesto.

Para consultar el valor de las contribuciones, la propiedad y el valor fiscal en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, se debe ingresar con RUT y clave única en el apartado Mi reavalúo.

¿Cuándo se abona la tercera cuota de contribuciones?

Al igual que las demás cuotas del año, la tercera cuota de las contribuciones vence el lunes 30, en este caso del mes de septiembre.

Las fechas se encuentran establecidas de antemano, siendo la primera el 30 de abril, la segunda el 30 de junio, la tercera el 30 de septiembre y la cuarta el 30 de noviembre.

Si alguna de estas fechas cae un día feriado como un día de fin de semana, el pago del impuesto se corre al día hábil siguiente y no tendrá recargo.

Además, la fecha será recordada mediante un aviso de pago que se envía al correo electrónico o a la dirección postal declarados ante el SII respecto a la propiedad.

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Requisitos y medios para abonar la cuota

Los requisitos para abonar la cuota de contribuciones son: la inscripción previa en el rol de propiedades de la municipalidad correspondiente y el libre deuda de contribuciones previas.

El trámite se puede hacer de manera presencial o en línea a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) o en el de la Tesorería General de la República.

De manera presencial, se debe asistir a una institución bancaria acreditada para recibir el pago de contribuciones, Caja Vecina de BancoEstado u oficina de la Tesorería General.

Para eso es preciso contar con el cupón de recibo de contribuciones, que se solicita previamente en las oficinas de la Tesorería General de la República (TGR).

Para hacerlo de manera virtual a través del sitio del SII o de la Tesorería General de la República, se debe contar con número de rol de la propiedad, región, comuna, RUT y clave única.

En la web del SII se debe ingresar a servicios online<<avalúos y contribuciones de bienes raíces<<contribuciones<<pagar contribuciones.

Luego seleccionar la región y la comuna ingresando con número de rol haciendo clic en Buscar y después en Pagar (se puede elegir el medio de pago).

Beneficios contributivos para los adultos mayores 

El pago de contribuciones cuenta con el beneficio de rebaja para los adultos mayores económicamente vulnerables según sus niveles de ingresos.

Se trata de un beneficio especial para los adultos mayores de 60 años en el caso de las mujeres y de 65 años en el caso de los hombres.

La normativa indica que los adultos mayores que cuentan con ingresos inferiores o iguales a las 13,5 unidades tributarias anuales (UTA) actualmente $895.887,00 pesos chilenos, la rebaja es del 100% del impuesto territorial o contribuciones vinculadas a una propiedad con destino habitacional.

Además, para los adultos mayores con ingresos superiores a 13,5 UTA e inferiores o iguales a 30 UTA ($1.990.860,00 pesos chilenos), la rebaja es del 50%.

Cabe destacar que para calcular este beneficio, el SII considera los ingresos del contribuyente al 31 de diciembre del año anterior.

Asimismo, la rebaja es aplicada a las últimas dos cuotas del corriente año y a las dos primeras cuotas del próximo año.

Este año el Servicio de Impuestos Internos ratificó los requisitos del beneficio, aplicables en las cuotas con vencimiento en septiembre y noviembre de este año, así como en las que vencen en abril y junio del año que viene.

De esa forma, el beneficio de rebaja de contribuciones para los adultos mayores es aplicado de manera automática a los contribuyentes que cumplen con los requisitos.

Dichos contribuyentes reciben la carta de propuesta en el domicilio o en el correo electrónico declarados, también la pueden consultar con clave única en el sitio del SII.

Si la rebaja no fue propuesta, se puede pedir mediante una solicitud de bienes raíces en la web del SII o de forma presencial en sus oficinas.

Para esto último es necesario contar con los antecedentes que acrediten los requisitos para obtener el beneficio de rebaja de las contribuciones.

También algunas municipalidades cuentan con descuentos adicionales en las contribuciones para adultos mayores según criterios que establecen.

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